Plan Panamá Solidario pero no para todos

Hoy en Gaceta Oficial 28995-A de 3 de abril de 2020 se publicó el Decreto Ejecutivo No.400 de 27 de marzo de 2020 que Crea el Plan Panamá Solidario.

Revisando el documento vemos que el mismo peca, como veremos a continuación, de ambigüedades, y que el plan que tanto ha estado esperando los ciudadanos, no llegará a todos.

Empecemos a analizar el Decreto Ejecutivo 400:

El Plan Panamá Solidario consiste en la entrega de un apoyo solidario a los ciudadanos afectados por la pandemia para cubrir parte de sus necesidades básicas de alimentos, productos de higiene y medicamentos mientras dure el Estado de Emergencia Nacional decretado ante la crisis sanitaria del COvid.19. (Art. 2) 

Los apoyos del Plan "Panamá Solidario" se realizarán mediante la entrega de Bolsas de Comida, Bono Solidario y Vale Digital, en base a la logística requerida para la efectiva entrega y uso de los apoyos solidarios. Sin embargo se podrá implementar otro tipo de apoyos solidarios, atendiendo circunstancias generadas por el desarrollo de la pandemia". (Art.3).

El Ministerio de la Presidencia en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), serán los responsables de la asignación del Bono Solidario, tomando en cuenta la condición socio económica, según sea el caso (Art.7)

En este punto nos llama la atención que el decreto ejecutivo :

  1. No define qué es el Bono Solidario y el Vale Digital ni el valor de los mismos. Si bien se han hechos muchas declaraciones sobre cual podría hacer el valor del bono, el decreto ha guardado silencio a este respecto dejando eso en una laguna jurídica. Y en estos momentos dejar ese vacío en la norma resulta peligroso ya que no hay una seguridad de con cuanto podrá contar quien resulte beneficiado en los término de bono y vale.  
  2. Dice que se entregará en base a la "logística requerida" más no señala cual será la logística de la misma.
  3. Señala que la asignación del Bono Solidario será según "la condición socio económica" de la persona. No sabemos cual será la condición socio económica que el MIDES considere sea la que sea merecedora del bono. Y es que ante esta situación tan extraordinaria, como lo es una pandemia, personas que no están comprendidas en los estudios del MIDES como personas en  condiciones de pobreza o en grupo de riesgo, bien porque cuentan con una vivienda y trabajo, en la actualidad han visto mermados o anulados sus ingresos ya sea porque las empresas han reducido las jornadas de trabajo o se han visto en la necesidad de suspender los efectos de los de contratos de trabajo.

El Decreto Ejecutivo 400 señala claramente quienes podrán y quienes no ser beneficiados por el plan Panamá Solidario:

Serán beneficados: (Art. 4)
  1. Personas en pobreza multidimensional (El concepto de pobreza multidimensional toma en consideración de modo integral las múltiples privaciones y carencias que experimentan simultáneamente los individuos y hogares en múltiples dimensiones del bienestar distintas al ingreso, tales como salud, educación, trabajo, medio ambiente, nivel de vida, entre otros. El IPM representa una forma de medir estas privaciones y carencias de las personas, aportando una visión integradora de la situación y revelando el nivel de pobreza multidimensional en un país. La información que arroja el IPM puede ser desagregada por área geográfica, subgrupos de personas o carencias específicas. Por ejemplo, una persona puede estar en condiciones de pobreza multidimensional por no tener acceso a atención médica, mala nutrición y falta de agua potable, mientras que otra puede estarlo por experimentar carencias de electricidad, precariedad de la vivienda, desempleo o poca escolaridad. De allí el enfoque de la pobreza como es un fenómeno multidimensional.) Tomado del documento ÍNDICE DE POBREZA MULTIDIMENSIONAL DE PANAMÁ - MIDES 2017 (Incluimos enlace al informe de 2018 en caso de querer informarse más al respecto)
  2. Familias vulnerables:
  3. Personas que vivan en áreas de difícil acceso
  4. Personas dedicadas a actividades económicas por cuenta propia.

No serán beneficiados: (Art. 5)
  1. Servidores públicos
  2. Trabajadores asalariados activos
  3. Jubilados y pensionados
  4. Contribuyentes cuya última declaración de renta sea superior a once mil balboas (B/.11,000.00)

El Decreto Ejecutivo 400 no incluyó en su listado de beneficiarios a los que han visto suspendido sus contratos de trabajo pese a que la norma que reguló dicha figura claramente señala que uno de los requisitos para la suspensión de los contratos de trabajo era que las empresas debían suministrar una lista de los trabajadores cuyos contratos iban a suspenderse para ser tomados en cuenta en este plan

Por otra parte  el decreto no hace distinciones  trabajadores asalariados activos que aún reciban su salario regular de los que  han visto mermado su salario por haber sufrido ajustes en la jornada laboral. Si debemos interpretar la norma tal y como está presentada las personas que aún trabajen pero que hayan visto afectado sus ingresos por una reducción en su jornada laboral corren el riego de no ser considerados entre los que tengan derecho al bono.

En cuanto a las personas que hacen declaraciones de renta el Decreto Ejecutivo 400 no aclara cual será la renta a tomar en consideración si será la renta bruta o la renta neta. Al excluir a aquellos que tuvieron una renta superior once mil dolares (Es decir que hayan tenido más de 916.67 por mes) se excluye a un gran sector de la clase media que realiza trabajos a nivel profesional o actividades económicas que en la actualidad se encuentran impedidos de realizar dicha actividad.

El Decreto Ejecutivo 400 si bien empieza a regir a partir de su promulgación (hoy 3 de abril) no señala en cuanto tiempo se debe tener listo el listado de beneficiarios ni los mecanismos para que la población pueda tener acceso al mismo, ni la fecha en que el mismo empezará a repartirse.

Ante tantas falencias, tememos que este plan Panamá Solidario, más que traer tranquilidad a una población que ya de por sí vive en una situación de temor sanitario e incertidumbre económica de cómo suplir sus necesidades básicas de alimento e higiene, lo que hará es acrecentar estos sentimientos de impotencia de la población.




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